Es la muerte de una persona causada por otra con intención (dolo). El autor quiere o acepta el resultado fatal. Es la categoría principal que se usa en las estadísticas criminales. En Uruguay, el Código Penal lo regula en los artículos 310-311.
Muerte causada por negligencia, imprudencia o impericia, sin intención de matar. No se busca el resultado, pero ocurre por una acción u omisión negligente. Suele estar asociado a accidentes de tránsito o laborales.
Cuando una persona realiza actos dirigidos a causar la muerte de otra pero no logra consumarlo. Se castiga penalmente, aunque la víctima sobreviva. En Uruguay, la tentativa se regula en el artículo 8 del Código Penal.
Homicidio de una mujer por razones de género. En Uruguay está tipificado como figura penal autónoma (Ley 19.538, artículo 312 bis del Código Penal). Se distingue del homicidio común por el contexto de violencia doméstica o de género.
Homicidio cometido por encargo a cambio de una recompensa económica. Implica una relación triangular: quien contrata, quien ejecuta y la víctima. A menudo vinculado al crimen organizado y ajustes de cuentas.
Clasificación médico-legal que se usa cuando no se puede determinar con certeza si la muerte fue homicidio, suicidio o accidente. Requiere investigación judicial y autopsia para definir la causa. En Uruguay, estas muertes no se contabilizan como homicidios hasta que se confirma la causa violenta.
Porcentaje de homicidios que culminan con la identificación, detención e imputación de al menos un responsable. Es un indicador clave de eficacia del sistema de justicia. En Uruguay, la tasa de aclaración ronda el 60-70% según datos del Ministerio del Interior.
Proporción de personas heridas por arma de fuego que fallecen en comparación con las que sobreviven. Una tasa alta indica violencia más letal (tiros a la cabeza, mayor calibre). Una tasa baja indica más tiroteos de baja letalidad (disparos intimidatorios, heridas no mortales).
Muerte que ocurre durante la comisión de un robo (rapiña). En Uruguay, tiene una penalidad agravada (artículo 311 del Código Penal). Es una de las categorías más frecuentes en las estadísticas de homicidios.
Persona a quien la fiscalía atribuye participación en un delito. La imputación es el primer paso del proceso penal. No implica condena ni culpabilidad. Cuando se habla de "tasa de aclaración", se refiere al porcentaje de homicidios con al menos un imputado.